El reparto de utilidades es una prestación que las empresas y patrones entregan por ley a los trabajadores, pues están obligados a repartir sus utilidades si tuvieron un ingreso anual superior a $300 mil pesos, pero quedan exentas en caso de que tengan menos de un año de operaciones o en el caso de que elaboren un producto novedoso, conforme a la Ley Federal del Trabajo.
Todos los trabajadores que laboran al servicio de un patrón tienen derecho a recibir el reparto de utilidades,sin embargo, de acuerdo a la legislación laboral, el esquema no aplica para:
El pago de utilidades 2025 tiene fechas límite establecidas en la Ley Federal del Trabajo, y varían según el tipo de contribuyente. En términos generales, las empresas y patrones tienen un periodo específico para cumplir con esta obligación:
La Ley Federal del Trabajo estipula que la utilidad se dividirá en dos partes iguales:
Debes de tener presente, es que el salario es la cantidad líquida que percibe el colaborador por día. Cuando la retribución es variable, se toma el promedio de las percepciones del año.
En caso de no recibir el reparto de utilidades, tienes dos opciones:
La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador.
Asimismo, pone a disposición de los trabajadores los servicios de orientación gratuita para el reparto de utilidades en los teléfonos 018007172942 y 018009117877, a través del correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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