¿Me pueden multar por traer calcomanías en el parabrisas?

kjvillap

Los conductores deben ser conscientes de que las calcomanías en sus vehículos puede resultar en multas, según el Reglamento de Tránsito vigente.

Es muy importante que conozcas las regulaciones para evitar este tipo de infracciones, aunque es muy común personalizar un automóvil.

Colocar calcomanías en el parabrisas no está prohibido por la normativa, pero si las calcomanías contienen publicidad no autorizada, el conductor puede ser sancionado.

La Secretaría de Movilidad de la CDMX establece que las multas van desde los mil 500 y más de seis mil pesos, además de la posible remisión del vehículo al depósito.

El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México especifica en su artículo 43 una lista de accesorios cuya instalación o uso en vehículos motorizados está prohibida.

¿Qué accesorios están prohibidos?

  • Bandas de oruga o neumáticos metálicos
  • Faros deslumbrantes
  • Sistemas antirradares
  • Modificaciones al sistema de escape
  • Bocinas no autorizadas
  • Películas de control solar

Los que quieran portar publicidad en sus vehículos tienen que acudir a la Subdirección de Publicidad de la Secretaría de Movilidad.

Este permiso permite la colocación de anuncios publicitarios en vehículos que prestan servicios públicos de pasajeros, taxis, carga y privados, ya sea en partes interiores o exteriores.

¿Cuál es la sanción por portaplacas?

Obstruir la visibilidad de las placas vehiculares puede resultar en una multa de 10, 15 o 20 veces la (UMA) vigente, según el Reglamento de Tránsito.

Desde el 2 de febrero de este año el valor diario de la UMA es de 113.14 pesos, así que las multas están entre mil 131.40 y dos mil 262.80 pesos.

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