¿Cómo me puedo pensionar por medio de la Ley 73 del IMSS?

kjvillap

Ya empezó a circular el rumor de que en 2025 desaparecerá la Ley 73 del IMSS, lo que ha generado confusión entre trabajadores próximos a pensionarse.

La ley sigue vigente para quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y no ha sido derogada ni modificada oficialmente, informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Esta confusión surgió porque su uso se irá extinguiendo en la práctica conforme se jubilen los últimos trabajadores elegibles bajo este régimen.

Es importante saber que la Ley 73 continúa aplicando en este año 2025 para quienes cumplan con los requisitos que se pidan.

¿Qué es la Ley 73 del IMSS?

La Ley 73 corresponde al esquema de pensiones anterior y difiere en varios aspectos de la Ley 97, la cual aplica para quienes comenzaron a cotizar al IMSS a partir del 1 de julio de 1997.

El Gobierno es responsable del pago de la pensión con la Ley 73, la cual se determina tomando en cuenta el promedio salarial de las últimas 250 semanas de cotización.

Esto suele representar una mayor estabilidad en los montos recibidos en comparación con el sistema de cuentas individuales administradas por las Afores.

¿Cuáles son los requisitos para pensionarme en el IMSS?

  • Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997
  • Tener al menos 60 años (cesantía en edad avanzada) o 65 años (vejez)
  • Contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas
  • Estar dentro del periodo de conservación de derechos

¿Cuándo dejará de existir la Ley 73?

La Ley 73 dejará de aplicarse de 14 a 19 años, ya que los últimos trabajadores que comenzaron a cotizar antes de julio de 1997 nacieron en 1979 y hoy tienen 46 años.

Cuando tengan 60 o 65 años, para las personas activas no implica, ya que reciben pensión bajo la Ley 73 y sus pagos seguirán depositándose normalmente.

¿Cuáles son los pasos para pensionarme?

  1. Verifica en qué régimen estás inscrito. Puedes hacerlo en el portal del IMSS (www.imss.gob.mx) o acudiendo a una oficina.
  2. Evalúa si cumples los requisitos de semanas y edad.
  3. Considera la Modalidad 40 para aumentar el monto de tu pensión si estás en la Ley 73.
  4. Infórmate bien antes de hacer trámites: No es posible cambiar de régimen una vez definido por la fecha de inicio de cotización.

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