Motos eléctricas y scooters en CDMX deberán tener placas en 2026: ¿quiénes se salvan?

kjvilla

El nuevo Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México trae cambios importantes para quienes usan motos eléctricas y scooters. A partir de 2026, muchos de estos vehículos deberán tener placas o enfrentar multas.

Sin embargo, no todos están obligados a cumplir con este trámite. Aquí te explicamos quiénes sí y quiénes no.

¿Qué vehículos eléctricos sí deben emplacarse en CDMX?

La Secretaría de Movilidad (Semovi) clasificó estos transportes en dos categorías, dependiendo de sus características.

Los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) son aquellos que:

  • Superan los 25 km/h
  • Tienen motores de más de 250 watts, hasta 1.34 caballos de fuerza
  • Pueden pesar desde menos de 35 kg hasta 350 kg

Si cuentas con uno de estos vehículos, es obligatorio tramitar placas y contar con licencia tipo A1 o A2.

El proceso de emplacamiento comenzará el 1 de julio de 2026, mientras que las sanciones se aplicarán a partir del 1 de septiembre del mismo año.

¿Qué motos eléctricas y scooters no necesitan placas?

Los Vehículos Eléctricos Personales (VEP) están exentos del emplacamiento siempre que cumplan con estas condiciones:

  • No superen los 25 km/h
  • Su motor tenga una potencia menor a 250 watts

En estos casos, no será necesario contar con placas, pero sí deberán portar el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME).

Dentro de esta categoría entran las bicicletas eléctricas con asistencia ligera, siempre que respeten los límites establecidos.

Nuevas reglas para motos eléctricas y scooters en CDMX

El reglamento también establece otras obligaciones para mejorar la seguridad vial:

  • Uso obligatorio de casco
  • Prohibido circular por banquetas y carriles exclusivos de transporte público
  • No conducir bajo los efectos del alcohol
  • Prohibido circular en vías con límite de velocidad mayor a 50 km/h

Estas medidas buscan proteger a los usuarios más vulnerables, como peatones y ciclistas.

Multas por no emplacar motos eléctricas y scooters en CDMX

A partir de 2026, las sanciones económicas por incumplir estas disposiciones serán:

  • Primeras dos infracciones: 10 UMAS (aproximadamente 1,175 pesos)
  • Tercera y cuarta infracción: 15 UMAS (alrededor de 1,762 pesos)
  • Más de cinco infracciones: 20 UMAS (aproximadamente 2,350 pesos)

Si tienes una moto eléctrica o scooter en la CDMX, es importante revisar sus características para saber si debes emplacarlo. Cumplir con el reglamento no solo evita multas, también contribuye a una mejor movilidad en la ciudad.

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