Multas vehiculares en CDMX: conductores sin notificación y fotocívicas

kjvilla

En la Ciudad de México, las fotocívicas se aplican a conductores que violan el Reglamento de Tránsito, como exceder la velocidad o estacionarse en lugares indebidos.

¿Cuáles son los puntos para infracción?

Las licencias de conducir en la capital tienen 10 puntos que se van restando con cada infracción.

Según Gabriel Pérez Aguilar, director de Calidad del Aire de la Secretaría del Medio Ambiente, los puntos se recuperan tras cumplir con amonestaciones, cursos en línea, cursos presenciales o trabajo comunitario, dependiendo de la gravedad:

  • 9 puntos: amonestación.

  • 8 a 6 puntos: curso en línea.

  • 5 puntos: curso presencial de sensibilización.

  • 4 puntos o menos: dos horas de servicio comunitario por cada punto perdido.

Cada semana, la Secretaría recibe unas 50 solicitudes de prórroga de verificación por robo, siniestro, reparación u otras causas.

Pérez Aguilar reconoce que la falta de aviso es una de las quejas más comunes, y recomienda a los ciudadanos revisar sus adeudos y cumplimiento cívico en los medios oficiales antes de realizar trámites vehiculares.

¿Cuál es el costo de multas de tránsito?

En la CDMX, no contar con un Seguro de Auto puede costar entre 20 y 80 UMAS. Para evitarlo, se puede comparar y contratar seguros en Rastreator.mx según las necesidades de cada conductor.

Las multas vehiculares de la CDMX se pagan comúnmente en UMA y pueden generar recargos si no se liquidan a tiempo. Con el ajuste de la UMA en 2025, estas multas se modificaron desde el 1 de febrero.

¿Qué costo tienen las nuevas multas?

El 10 de octubre de 2025, la CDMX publicó en la Gaceta Oficial modificaciones a los artículos 9 y 26 del Reglamento de Tránsito, estableciendo nuevas multas para vehículos de carga y transporte de sustancias tóxicas o peligrosas.

  • Artículo 9, fracción VII: velocidad máxima de 30 km/h (20 km/h en zonas escolares, hospitales o albergues y 10 km/h en estacionamientos o áreas peatonales). Multa: 100–300 UMAS ($11,314–$33,942 MXN).

  • Artículo 26, fracción III: prohibido circular por vías de acceso controlado. Multa: 200–600 UMAS ($22,628–$67,884 MXN).

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