El reparto de utilidades es la obligación que tienen las empresas o negocios hacia sus colaboradores y consiste en compartirles parte de las ganancias generadas en un año.
Debe realizarse a más tardar el 30 de mayo para los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), y hasta el 29 de junio para quienes trabajan para una persona física (patrón).
Esto es un derecho constitucional que se establece en el Artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo y en él se reconoce la labor determinante de las personas trabajadoras en la generación de las ganancias de las empresas.
Este dinero se debe entregar su declaración anual y con base en las utilidades reportadas a la autoridad fiscal definan si repartirán parte de las ganancias a sus colaboradores y el monto a distribuir.
La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas se determina conforme al porcentaje que establece la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
La parte proporcional de las utilidades que la empresa genera se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.
La primera mitad se distribuye entre todos los trabajadores, considerando el número de días laborados durante el año, independientemente del salario.
Y la segunda mitad se entrega en proporción al monto de los salarios pagados por el trabajo durante el año, de acuerdo con la Profedet.
Se considera exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones o primas.
Si no las recibes tienes un plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la fecha límite establecida, para reclamar el pago de las utilidades.
Durante el 2024 se registraron 24,982 asesorías por temas relacionados con el reparto de utilidades, además de 10,091 conciliaciones y 25 juicios.
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