
Las personas que incumplan el artículo 85, 85 Bis, 86 y 87 tendrán sanciones económicas y la aplicación de cárcel por estos motivos:
De dos a 10 años de prisión y de 2 mil 262.8 a 56 mil 570 pesos de multa a quienes comercialicen explosivos, así como a aquellos que los adquieran, así lo dice el artículo 85.
También se sanciona a quienes fabriquen, exporten, comercialicen o hagan un uso indebido de armas de fuego y explosivos.
La razón por la que cada año hay decenas de personas lesionadas por quemaduras y con pérdida de extremidades por accidentes.
Autoridades de seguridad pidieron evitar tronar cohetes en estas fiestas patrias, ya que representan un riesgo para la integridad propia y de terceros.
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